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INFORME SOBRE LA
FINANCIACIÓN DE LA POLÍTICA
El Tribunal de Cuentas dice que la banca oculta deudas de los partidos |
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7 oct 2003
• Las fuerzas hurtan del control los ingresos de sus grupos municipales
EL PERIÓDICO
MADRID
La falta de colaboración de algunos bancos y la imposibilidad de controlar
la cada vez más alta financiación proveniente de ayuntamientos y parlamentos
autonómos son las principales deficiencias detectadas por el Tribunal de
Cuentas en la contabilidad de los partidos correspondiente al año 2001.
La financiación pública recibida ese ejercicio por los partidos para gastos
ordinarios alcanzó la cifra de 149,6 millones de euros, a los que se añaden
los 16,1 millones de euros correspondientes a las subvenciones electorales.
ENDEUDAMIENTO
La falta de colaboración de las entidades de crédito queda reflejada en el
dato de que, en el ejercicio del 2000, fueron 26 de ellas las que no
atendieron alguna de las peticiones formuladas por los partidos políticos a
instancias del órgano fiscalizador, lo que impidió confirmar operaciones de
endeudamiento por valor de 16,4 millones de euros.
El hecho de que los partidos no incorporen a su contabilidad la actividad de
las organizaciones locales y la de los grupos políticos en las corporaciones
locales sigue siendo la principal queja que plantea en su informe anual el
Tribunal de Cuentas.
Ya en el año 2000, más de una cuarta parte de las subvenciones públicas para
el funcionamiento ordinario de los partidos no pudo ser controlada por el
tribunal al haber sido obtenida a través de la actividad municipal de los
grupos políticos.
La razón de que no declaren estas partidas en su contabilidad radica en que
son partidas que no están previstas en la ley de financiación de los
partidos políticos de 1987, lo que las deja fuera del control efectivo del
Tribunal de Cuentas.
En cuanto a las aportaciones privadas, han respetado en general la ley de
1987, con las salvedades --que se reiteran en los informes anuales--
relativas a aquellas donaciones
anónimas que, al no estar identificado el titular, no se puede saber si
cumplían o no los límites que prevé la legislación documento |
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